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Subsidios

El Gestor de Subsidios asignado esta a su entera disposición para acompañarlo y asesorarlo en el proceso de postulación y adjudicación del subsidio en caso que usted cumpla con los requisitos para ser     beneficiario.

1. El trámite del subsidio es un trámite que debe realizar directamente el beneficiario. Nosotros lo guiaremos en todo el proceso si usted lo desea.

2.El trámite de postulación al subsidio debe iniciarse inmediatamente después que su venta haya sido aprobada y legalizada en la entidad fiduciaria que maneja el proyecto. El área encargada lo contactará para recordarle dicha obligación.

3.El valor del subsidio asignado es de competencia exclusiva de la entidad respectiva.

NOTA: EN CASO DE PRESENTAR ALGUNA SITUACIÓN DE MOVILIDAD REDUCIDA DEBIDAMENTE CERTIFICADA DEBE INFORMARLO DESDE EL MOMENTO DE SEPARACIÓN DEL INMUEBLE.

Jaramillo Mora

A continuación le informamos cuales son las condiciones y requisitos para acceder a subsidios otorgados con Recursos del Gobierno Nacional o a través de las Cajas de Compensación Familiar.

CAJA DE COMPENSACIÓN: Dirigidos a hogares en los que el Jefe de Hogar este afiliado a cualquier Caja de Compensación.

RECURSOS GOBIERNO NACIONAL: Son bolsas de subsidios que el Gobierno Nacional dispone para  población específica con determinados programas de gobierno.

CONDICIONES PARA ACCEDER AL SUBSIDIO:

  • 1.Ninguno de los miembros del hogar debe ser propietario de vivienda, ni haber sido beneficiario anteriormente de subsidio familiar de Vivienda por Caja de Compensación o por otra entidad gubernamental.
  • 2.Tener un hogar conformado. Los hogares están conformados por cónyuge, uniones maritales de hecho, o por el grupo de personas unidas por un vínculos de parentesco y que compartan el mismo espacio habitacional.
  • 3.Los ingresos totales de los miembros del hogar deben ser inferiores a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • 4.Acreditar/Certificar el cierre financiero. (Cuota Inicial  + Subsidio + Carta de aprobación de crédito = 100% Valor del inmueble).

OBSERVACIÓN: En caso que cualquiera de los  miembros del hogar hubiese sido favorecido y no hubiere utilizado algún beneficio otorgado por el Fondo Nacional de Vivienda, el INURBE, Caja Agraria, Banco Agrario, FOCAFE, FOREC, Cajas de Compensación Familiar o cualquier entidad pública de cualquier orden en caso de calamidades naturales, y no hubiese presentado  renuncia a dicho beneficio, no podrá postularse hasta pasados 10 años de la asignación.

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